Es una herramienta orientada a todos los integrantes de una pyme, que permite reintegrar hasta el 100% de los gastos incurridos en actividades de capacitación.
Toda pyme puede solicitar reintegros (para sí o para otra pyme) hasta el 8% de su masa salarial. Las grandes empresas podrán ceder su beneficio para capacitar a pymes hasta el 8%0 de su masa salarial.
1) Presentación del Proyecto: La empresa debe, una vez registradas la Empresa y la UCAP, completar y enviar el formulario de Proyecto de Capacitación, incluyendo una breve descripción de sus objetivos y la/s actividad/es de capacitación que contribuyan al cumplimiento de los mismos.
2) Evaluación del proyecto: Si el proyecto fuera pre-aprobado, se le comunica a la empresa los términos del mismo y se le solicita la documentación respaldatoria. En caso de no ser pre-aprobado, se notifica la evaluación y las posibles recomendaciones para su reformulación.
3) Aprobación y Ejecución de la capacitación: Una vez preaprobado el Proyecto y presentada la documentación respaldatoria, se aprueba el Proyecto, y las empresas pueden comenzar a ejecutar las actividades de capacitación.
Importante: Si las actividades incluidas fueran Abiertas, la empresa podrá, a su cuenta y riesgo, realizar las actividades, y la Sepyme las reconocerá desde la fecha de la preaprobación.
4) Rendición de Cuentas y Reintegro: Las empresas presentarán las rendiciones de cuentas de los gastos incurridos a medida que se ejecuten los proyectos de Capacitación.
Máximo una (1) rendición por proyecto presentado. La Sepyme reintegra hasta el 100% de los gastos rendidos a través de un certificado de Crédito Fiscal o Bono Electrónico que puede aplicarse al pago de impuestos nacionales (Impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA, Impuestos Internos, etc.). Es endosable y tiene una vigencia de 24 meses desde su emisión para ser utilizado en AFIP.